viernes, 14 de septiembre de 2012

*NOTA

*Nota:

Se amplía el plazo previsto en el apartado 2º de nuestra declaración de intenciones de 29 de mayo de 2012 hasta el 30 de septiembre dados los últimos apoyos recibidos, gracias a los compañeros pues nos estamos acercando ya a las 100 firmas, sólo nos faltan 2 a esta hora para llegar a tal cifra, así que solicitamos atentamente tu cooperación dejando enlace a la aplicación de firmas al pie, y ofreciendo nuestra colaboración si se te presenta cualquier incidencia de tipo técnico a la hora de hacerla constar. Se recuerda asimismo el punto 2 aludido de nuestra declaración de intenciones.

Firmado: La Plataforma Imagen

Citar:
"2º A este respecto, el día 15 de septiembre de 2012 se publicará en la página de la Plataforma un “DOCUMENTO DE CONCLUSIONES DEFINITIVAS” en el que conste y se refleje el índice de apoyo que está recibiendo esta iniciativa, y dando a conocer públicamente el resultado de la votación que se está efectuando en este momento a través de la encuesta publicada en la página de facebook y en el blog, y el número de firmas de compañeros recibidas hasta esa fecha. "


Firma pinchando aquí, sólo nos quedan dos personas para llegar a 100, contribuye. Gracias.

jueves, 13 de septiembre de 2012

ÚLTIMO COMUNICADO


COMUNICADO DE LA PLATAFORMA POR EL CAMBIO DE NOMBRE DE LOS SECRETARIOS JUDICIALES

  

-UN CAMBIO QUE SIGUE SIENDO

MÁS NECESARIO QUE NUNCA-

 

     Estimados compañeros/as:

 

Que los árboles no nos impidan ver el bosque: la Historia tiende a acordarse solo de quiénes supieron moverse y actuar con decisión en el momento preciso y en el instante adecuado...

 

Es indudable que todos estamos viviendo a nivel colectivo y profesional unos tiempos muy duros y desagradables, quizás los más complejos desde la transición, y que en este clima de agobio económico permanente es difícil, cuando no casi imposible, pensar en el largo plazo, en el mañana.

 

El último hachazo a los días de asuntos propios (desmoralizador, por innecesario y cruel), y el golpe que se aprestan a asestarnos en nuestras sufridas nóminas de aquí a diciembre dejan, ciertamente, poco margen para otras cosas que no sean un cabreo permanente por sentirnos cabeza de turco de una crisis económica que no hemos provocado (como expresa el manifiesto sobre “La dignidad de los nadies” publicado en el facebook del Cuerpo el pasado mes de julio).

 

Pero ésta es otra historia, otra batalla mucho más sutil y silenciosa pero cuyos ecos seguro que reverberarán más allá de ésta y de cualesquiera otras crisis venideras.

 

Porque lo que nos jugamos con el CAMBIO DE NOMBRE es mucho, más de lo que parece. Hemos insistido una y otra vez, casi hasta la saciedad (lo reconocemos) en que el cambio de nuestro nomen iuris profesional es el principio para lograr otras muchas metas, empezando por ese respeto y reconocimiento social que tan firmemente hemos reivindicado (ved, si tenéis tiempo y ganas para ellos, los videos de la plataforma sobre la “Genealogía de la injuria”). Y ése sería tan solo uno de los múltiples efectos que conllevaría el cambio de nombre.

 

Desde el mes de abril del año en curso, cuando lanzamos esta iniciativa, simplemente porque el tema estaba en el ambiente (cualquier otro compañero/a podría haberlo hecho tanto o mejor que nosotros), hemos ido publicando contenidos (hasta veinte) en esta Plataforma a fin de: examinar nuestra situación (“El nombre del Secretario Judicial a examen I y II”); demostrar la importancia social que tiene la denominación de un colectivo (léase el artículo “la Importancia de un nombre”); las razones que justifican el cambio demandado (véanse los videos sobre “Un nombre que no te refleja” y “Cinco razones para  un cambio de nombre”) y sus posibles efectos (vídeo “Consecuencias de un cambio de nombre”);  hemos profundizado en la historia de nuestro Cuerpo para probar que su denominación ha variado a lo largo de los siglos (léase la interesantísima aportación de Seoane Cacharrón), hemos mostrado cómo se nos ve desde fuera (a tal efecto los artículos de un Juez, Ramón Artacho, y un Magistrado, A. Ibáñez), y como nos vemos nosotros mismos con la valiosa opinión de algunos compañeros (como Rosa Burgos, Marta Jiménez o Cristina Rubio).  Y al propio tiempo, hemos tratado de “iluminar” un posible futuro proponiendo otras alternativas concretas y realistas que servirían perfectamente para definir a nuestro Colectivo (véase el video sobre “Diez nombres, solo tú decides”)

 

Pero el trabajo no acaba aquí, ni mucho menos. Esta Plataforma es una simple anécdota. La verdadera labor para conseguir el fin anhelado está por llegar. Y habrá que estar ahí. Es un imperativo moral y profesional.

 

En los próximos días haremos públicos los apoyos expresos (porque tácitos hay muchos más, ¡qué le vamos a hacer si somos un Cuerpo que tiende hacia la inactividad social!), decimos, haremos públicos esos resultados, dando así por finalizada nuestra pequeña tarea. Y se los entregaremos a las Asociaciones y a todos los compañeros que quiera escucharnos para que recojan el testigo y sigan portando la antorcha de este Proyecto de cambio, que tan solo busca un futuro mejor para nuestro Colectivo, aunque ello suponga cambiar el nombre que arrastramos y padecemos desde 1911.

 

Si lees estas líneas, y crees en estas palabras, por favor, difunde la existencia de la Plataforma entre tus compañeros de destino, promoción o amigos varios y pídeles su apoyo expreso.

 

Porque juntos, más que nunca, podemos movernos para que las cosas cambien, de raíz y en su esencia, a fin de que nada vuelva a ser como antes…

Gracias por tu atención.

FIRMADO: LA PLATAFORMA POR EL CAMBIO DEL NOMBRE DE LOS SECRETARIOS JUDICIALES  

miércoles, 11 de julio de 2012

“EL CAMBIO DE NOMBRE ES UN ASUNTO DE TODOS…” (OPINIONES, NUEVA SECCIÓN)

NUEVA SECCIÓN:
OPINIONES SOBRE EL CAMBIO DE NOMBRE

PRÓLOGO DE LA PLATAFORMA:

“EL CAMBIO DE NOMBRE ES UN ASUNTO DE TODOS…”

Sí, con independencia de que se pertenezca a una u otra asociación, o a ninguna. Es una cuestión “global”, “transversal”, que nos afecta a todos, a los más de 4000 compañeros que actualmente conformamos e integramos el Cuerpo, ya que incide en nuestra propia esencia, consideración y funciones.

Esta Plataforma, que nació “espontáneamente” en el mes de abril del año en curso ya empieza a tener su propio recorrido, y son muchas las aportaciones que vamos recibiendo de los compañeros a través de diversas fuentes: los comentarios, aportaciones y correos electrónicos recibidos en facebook y en correo electrónico de la Plataforma, o los centenares de comentarios publicados en el hilo que existe al efecto en el foro de “Unidad-de-acción”, que ya ha superado las 10.000 lecturas, y que aún sigue vivo, muestra del interés que suscita este tema…

Y en todas esas aportaciones externas hemos percibido un sentir general: que existe un consenso casi generalizado en la necesidad y procedencia de cambiar el nombre de nuestro Cuerpo. Es cierto que muchas veces se alega que no es el principal problema que nos afecta, que tenemos muchas otras preocupaciones más acuciantes e importantes en estos tiempos. Pero queremos insistir en la idea de que el cambio de nombre no es un fin en sí mismo, sino un medio o la cabeza de puente para cambiar muchas otras cosas, y que no hay que minusvalorar la importancia de esta cuestión…

Por eso nos ratificamos en esta iniciativa y vamos a seguir trabajando con el máximo tesón e ilusión para seguir sumando apoyos de cara a esas conclusiones finales que publicaremos en septiembre.

Y en esa línea de actuación, queremos traer a colación en la Plataforma el comentario que una compañera hizo sobre esta cuestión públicamente y por escrito en el Congreso de la UPSJ celebrado en Almería en 2008. Se trata de un magnífico artículo de Cristina Rubio Domingo, cuya lectura os recomendamos encarecidamente (al igual que el resto de ponencias contenidas en ese documento de la UPSJ).

Y lo publicamos para demostrar que esta pretensión de cambiar nuestro nombre no es propia o exclusiva de ninguna asociación, sino que ha estado siempre presente. Se ha hablado del tema en el Congreso del Colegio celebrado en Pontevedra hace escasas fechas. La sección de Secretarios Judiciales de UGT se ha pronunciado favorablemente sobre esta iniciativa recientemente. Y en el seno de UPSJ también se ha abordado la cuestión en alguna ocasión, como demuestra el extracto del artículo que ahora publicamos y que se puede localizar y bajar de su magnífica página web…

En definitiva, este es un tema que nos incumbe a todos, y que está llamado a tener una importancia crucial, capital para nuestro futuro…

Opinión de CRISTINA RUBIO DOMINGO, SECRETARIA JUDICIAL, sobre el cambio de nombre.
Fuente: http://www.upsj.org/documentos/congresos/almeria/fepublica_arobles.pdf
Ponencia: “SECRETARIO Y LA FE PÚBLICA JUDICIAL: ORDENACIÓN FORMAL Y MATERIAL DEL PROCESO” en el artículo “La fe pública judicial como atributo esencial del Secretario Judicial. Por Antonio Robles y otros” presentado en el Congreso de Almería de 2008 de UPSJ.

“Considero necesaria una especial mención al Decreto de 1 de junio de 1911 en cuyo artículo 1 se determina “Los actuales Escribanos de actuaciones se denominarán en lo sucesivo Secretarios Judiciales”. Tal denominación ha perdurado a lo largo de los años y se ha mantenido a pesar de la evolución legislativa, pasando por la LOPJ de 1985, de 2003, LECv de 1881, 2000, colocando al Secretario Judicial a primera vista y de la dicción literal de los términos en el secretario del Juez y no del Juzgado. Reseñar que esta situación se complica si eres mujer pasando a ser la secretaria judicial, es decir, que el común de la ciudadanía debido al desconocimiento de las funciones que desempeñamos, nos relega a ser la agenda electrónica del Juez, o aquella que le pasa las sentencias, y esto debido al concepto de “secretaria” que se tiene en este país; por lo que considero que sería mucho más adecuado abogar por términos como DIRECTOR JUDICIAL que nos separaría totalmente del Juez, reconociéndonos un ámbito de actuación propio y evitando de esta manera la confusión que se le crea al ciudadano. Y lo considero adecuado por la implantación de la nueva oficina judicial, de la que realmente, y en los distintos servicios comunes, vamos a ser los directores.”

lunes, 25 de junio de 2012

NOVEDADES

CAMBIO DE NOMBRE PARA LOS SECRETARIOS JUDICIALES

En la mesa redonda, titulada 'El secretario judicial, órgano principal en la futura Ley de Jurisdicción Voluntaria', también ha participado el expresidente del Colegio Nacional de Secretarios Judiciales Jesús Seoane, que ha reclamado que este colectivo comparta con otros operadores jurídicos, como los notarios, el ejercicio de algunos actos, como son los matrimonios y los divorcios de mutuo acuerdo.
"El ciudadano no puede estar privado del servicio público de la Justicia", ha recalcado Seoane, para defender que el usuario debe tener derecho a elegir si desea acudir a un notario o a un juzgado para la resolución de su conflicto.
"No se le puede obligar a acudir al notario, no se puede hacer que determinados expedientes los tramite exclusivamente un notario o procurador porque va en contra de los derechos de los ciudadanos", ha indicado, para poner como ejemplo el sector sanitario, en el que el ciudadano tiene la posibilidad de acudir a un médico privado o de la Administración pública.
Finalmente, Seoane ha advertido de que la lentitud de la Justicia española es "un mal endémico" contra el que se ha tratado de luchar en las sucesivas modificaciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial y ha apostado por sustituir la actual denominación de los secretarios judiciales por la de "letrados de Justicia".

Fuentes: http://www.europapress.es/galicia/noticia-justicia-trabaja-propuesta-plantea-descargar-juez-50-competencias-jurisdiccion-voluntaria-20120621170243.html

http://noticias.lainformacion.com/asuntos-sociales/divorcio/justicia-trabaja-con-una-propuesta-que-plantea-descargar-al-juez-de-unas-50-competencias-de-jurisdiccion-voluntaria_wlmfcRszKRp6rX6kkVP0Z1/


Convocatoria de oposiciones y cambio de nombre

Los secretarios judiciales enviarán próximamente una solicitud al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, para que convoque oposiciones en 2013, después de la congelación que han sufrido como el resto de cuerpos del Estado en este ejercicio. También, para pedirle un acceso a la carrera de secretario judicial similar al de los jueces.
"No se trata de crear nuevas plazas, sino profesionalizar las que ya existen", aclaró Rafael Lara. Actualmente, existen unos 4.400 puestos de secretarios judiciales en toda España, de los que 3.700 están ocupadas por titulares y entre 600 y 800 los integran interinos. El salario de un secretario judicial nada más ingresar en la carrera de alto funcionario asciende a 1.700 euros, aunque la media se sitúa entre 2.400 y 3.000 euros.
Tras la implantación del Plan de Bolonia, Rafael Lara considera conveniente modificar la entrada a la profesión. Actualmente, basta con el grado en Derecho y aprobar la oposición, pero su objetivo es que los nuevos secretarios judiciales se especialicen antes de la oposición con un máster jurídico, como así han propuesto los jueces a través del Consejo General del Poder Judicial.
Además, existen voces que abogan por un cambio en la denominación de la profesión. Para Jesús Seoane, secretario judicial y ex presidente del Consejo entre los años 1987 y 1997, esto es imprescindible para que no nos confundan con "el chico del café". Desde su punto de vista, debería proponerse el nombre de letrado judicial o letrado director de la oficina judicial.
En este sentido, Seoane contó un anécdota protagonizada por el Rey, quien al entregarle un incunable firmado por el escribano -el entonces secretario judicial- le espetó que no deberían haberse cambiado de nombre.

Fuente: http://www.cincodias.com/articulo/economia/secretarios-judiciales-piden-tramitar-gratis-bodas-divorcios/20120622cdscdieco_4/

Vota por el cambio de nombre en nuestro blog o en facebook, y di sí en change.org. Te explicamos cómo hacerlo si tienes alguna duda.

miércoles, 13 de junio de 2012

IV COLABORACIÓN EXTERNA

“DE NUEVO DESDE EL OTRO DESPACHO”

TRES CITAS CLÁSICAS Y UNA VERDAD DE JUSTICIA

“La mujer del César no solo debe ser honrada, sino parecerlo”. La famosa cita cuya autoría se atribuye a Plutarco, tiene su explicación en que, por la posición que ocupaban las mujeres de los césares, estaban obligadas a mantener las formas, para evitar cualquier tipo de comentario mal intencio...nado, por parte de sus pares y aún por parte del pueblo. No vaya a creerse que todas atendieron estas razones, ya que hubo casos como el de Mesalina, la mujer del emperador Claudio, que era y parecía, pero no honrada precisamente.
En la actualidad, y como consecuencia de la evolución semántica de la expresión, es usada para significar la importancia de las formas, de la apariencia de las cosas, lo que no implica restar un ápice de relevancia a la sustancia, sino que trata de resaltar la forma hasta equipararla –o acercarla a- con la misma, queriendo hacer ver que las cosas debe ser y parecer lo que son. Y en el campo de la apariencia cobra especial importancia el nombre de las cosas, dado que, en no pocas ocasiones, la denominación que se da a algo termina por incidir en la percepción que de ese algo tenemos las personas.
“La Palabra crea”. Se trata de una expresión frecuentemente usada por los exégetas de las Sagradas Escrituras para expresar que todo el razonamiento humano, nuestra manera de acercarnos y enfocar la realidad, está apoyado inequívocamente en la palabra, en el contenido que le asignamos, en la carga semántica que le otorgamos. También sucede que el significado de las palabras no es permanente, va evolucionando a lo largo de la historia, bien por el uso, o bien por manipulaciones más o menos intencionadas. La evolución semántica de un término es tan natural como el lenguaje mismo.

“Las cosas son lo que son y no lo que las partes dicen que son”.
Se trata del principio de irrelevancia del nomen iuris también denominado principio de “primacía de la realidad”, extensamente estudiado en distintos ámbitos del derecho y reiteradamente reconocido por la jurisprudencia.

En torno a las tres citas expuestas quisiera exponer mi reivindicación en favor del cambio de nombre del ahora llamado “Cuerpo de Secretarios Judiciales”, denominación que responde a una época en la que los Juzgados y Tribunales tenían asignadas sus correspondientes “Secretarías”, y que a la vista de la evolución experimentada por dicho Cuerpo, tanto en relación a las funciones que actualmente desempeña, como respecto de la sociedad y medios en que ahora se desenvuelve, y más aun si cabe en vista de la reciente y profunda reforma de la conocida como Oficina Judicial, ha quedado francamente obsoleta. Teniendo en cuenta que las cosas no solamente deben ser, sino parecer lo que son, y que el nombre que se les da es parte fundamental de la apariencia, llamar “Secretario” al fedatario público judicial y Director Técnico-Procesal de la Oficina judicial, es tanto como ser, pero no parecer.

En segundo término, y sin perjuicio de lo anterior, convendría resaltar que el cambio de noumen del Cuerpo citado no va a modificar su esencia, puesto que como ya ha quedado expuesto, las cosas con lo que son, y no lo que las personas decimos que son. Es decir, los ahora llamados “Secretarios Judiciales” son parte de un Cuerpo Superior Jurídico único de carácter nacional, vénse obligados a superar unas durísimas oposiciones para ingresar en el mismo, pertenecen al selecto Grupo A, dirigen al personal de la Oficina Judicial y ejercen la fe pública judicial, amén de desempeñar otras muchas y relevantes funciones en ámbitos como los actos de comunicación, documentación, custodia, llevanza de Registros y asunción de amplias responsabilidades que no van a verse mermadas por el hecho de que se llamen de una u otra forma.

Siendo ello así, empero, sería de justicia acomodar la evolución experimentada por el Cuerpo desde el famoso Decreto de 1911 hasta nuestros días, para asignarle un nombre que se adecúe más a las actuales circunstancias que envuelven a esta pieza fundamental de la Justicia Española.
Solo sea porque la Mujer del César parezca honrada, la Palabra siga creando y por que las cosas sigan siendo lo que son, y las partes no digamos lo que no son.

Ramón Artacho Melero, Juez

sábado, 9 de junio de 2012

EL NOMBRE DEL SECRETARIO JUDICIAL A EXAMEN II PARTE

“EL NOMBRE DEL SECRETARIO JUDICIAL A EXAMEN”
2ª PARTE

Continuando con la labor de análisis de la problemática del nombre de nuestro Cuerpo, y abordando dicha cuestión desde una perspectiva histórica, en la línea de lo expuesto por Seoane Cacharrón en su magnífica colaboración, queremos fijar ahora la atención en un dato curioso: por todos es sabido que nuestra actual denominación de “secretarios judiciales” se vio consagrada definitivamente en el “famoso” Real Decreto de 1 de junio de 1911, tantas veces citado por los autores y compañeros que han dedicado su atención a la historia de nuestro Cuerpo. Hasta entonces se hablaba principalmente de “escribanos”, denominación que consagró la Ley del Notariado de 28 de mayo 1862, pero lo cierto es que la denominación de “secretarios” ya estaba presente y se utilizaba en nuestro ordenamiento jurídico con anterioridad, pues como indica Seoane Cacharrón: “la Ley Orgánica del Poder Judicial de 15 de septiembre de 1870…creó los “Secretarios de Sala“, refundiendo los antiguos Relatores y Escribanos de Cámara y suprimió la antigua denominación de Escribanos de Actuaciones para sustituirlos por los “Secretarios de los Juzgados de Instrucción“ y los “Secretarios de los Tribunales de Partido“.”

Ahora bien, y ésta es la cuestión que queremos someter a examen: ¿contiene el Real Decreto de 1911 alguna explicación de por qué se adoptó definitivamente la denominación de “secretario judicial”?, ¿da alguna razón sólida para ello, de por qué se prefirió ésa a otras denominaciones como las que se venían utilizando hasta entonces, como “escribano” o “actuario judicial”?

Pues bien, analizando el citado Real Decreto - que está accesible públicamente a través de Internet consultando en la web del BOE la Gaceta de Madrid, (número 154, de 3 de junio, páginas 641) pero que adjuntamos al presente artículo para facilitar su localización-, resulta que sí se contiene una breve y sucinta explicación de los motivos que llevaron al legislador de los albores del siglo XX a consagrar la denominación de “secretario judicial”. Y es, copiada literalmente, la siguiente:

“Por ser el nombre con que los denominaba la Ley Orgánica del Poder Judicial, y por ser indudablemente el más apropiado a las funciones que desempeñan, se establece que en lo sucesivo se llamará Secretarios Judiciales a los actuales Escribanos, y con las dos bases de la oposición por la categoría de entrada y título de Abogado, mejora notablemente la organización de este Cuerpo y se pone término a las distintas procedencias que hoy figuran en el mismo.”
Dos son, por lo tanto, las razones que consignó expresamente el legislador para inclinarse definitivamente por la denominación de “secretarios judiciales”:
1ª La existencia de antecedentes: pues como se ha dicho, la LOPJ de 1870 ya utilizaba esa denominación, de manera que es a dicha Ley a la que en realidad hay que retrotraer el verdadero origen del nomen iuris de nuestro Cuerpo.
2ª Por motivos prácticos o de utilidad: ya que se consideraba el nombre más idóneo y apropiado respecto a las funciones desempeñadas por dicho colectivo judicial en ese momento.
Así las cosas, ¿tiene sentido la revisión de la actual denominación de nuestro Cuerpo? No olvidemos que muchas veces el principal argumento que dan los compañeros que defienden el status quo es del carácter “centenario” de la denominación de nuestro colectivo…
Pues bien, desde la Plataforma pensamos que ese argumento historicista no es convincente. Ya hemos ido desglosando los múltiples motivos y razones por los que abogamos por el cambio de nombre y no vamos a incidir en ellos. El material está accesible en esta misma web para quien quiera hacer uso de él (escritos, videos, colaboraciones externas, etc)
Pero a la vista de la fundamentación que da el Real Decreto de 1911 para nuestra actual denominación, si queremos insistir en uno de esos motivos: la necesidad de EVOLUCIONAR, de adaptarnos a la nueva realidad en que vivimos. No tiene sentido seguir apegados a una denominación que no refleja nuestra verdadera posición y funciones dentro de la organización judicial, como se indicaba en el manifiesto fundacional de la Plataforma. En 1911 es posible que la denominación de “secretario judicial” fuese la más apropiada a la vista del limitado elenco de funciones que desarrollaba nuestro Cuerpo en esa época. Pero hoy en día la gran mayoría de compañeros somos conscientes de que ya no es así: son muchos los pasos que hemos ido dando, las metas que hemos alcanzado, y ello tendría que reflejarse también en el cambio de nombre de nuestro colectivo.
Ya que como hemos expresado, el cambio de nombre no es un fin en sí mismo, sino el principio para que puedan cambiar muchas otras cosas y, entre otras cuestiones, se produzca ese reconocimiento social y retributivo que tanto nos merecemos…
P.d. Una anécdota histórica: en el Real Decreto de 1 de junio 1911, y concretamente en su artículo 31, se decía: “Fuera del Juzgado, cuando desempeñen comisiones ordenadas por sus Jueces, usarán bastón con puño de oro y con cordón y bellotas negras con hilillos de plata”. Sería interesante analizar el por qué del declive de la figura del secretario judicial a partir del Decreto 429 de 18 de diciembre de 1937, pero esa ya es otra historia…

La Plataforma.

Descarga aquí el Decreto 1-6-1911

viernes, 1 de junio de 2012

III COLABORACIÓN EXTERNA, "DESDE EL OTRO DESPACHO"

SECCIÓN DE COLABORACIONES EXTERNAS
III PARTE


PRÓLOGO DE LA PLATAFORMA:

“UN ANÁLISIS CERTERO DESDE EL OTRO DESPACHO…”


Estimados compañeros: como tercera colaboración externa a esta plataforma queremos publicar un artículo que nos ha remitido generosamente un magistrado, y que ha tenido la gentileza de hacérnoslo llegar para subirlo a la plataforma y a los canales de comunicación oportunos.

Se debe evitar el estereotipo de pensar que el juez puede ser como tal contrario al reconocimiento del secretario judicial, y es muy interesante que esta problemática que sufrimos sea observada imparcialmente, y con ecuanimidad euclidiana, desde fuera, como hace el magistrado, quien llega a la conclusión de que, efectivamente, un cambio de nombre es imprescindible.

Gracias desde la Plataforma al mismo, y sin más, recomendamos vivamente su lectura, pues no podemos sino agregar que todo cuanto dice es …

Verdad.

SER Y PARECER


En España existe desde antiguo una arraigada afición a hacer que las cosas aparenten ser lo que no son, y los ejemplos abundan. Subimos el cadáver del Cid a un caballo para asustar al enemigo y ganar la batalla, los hidalgos castellanos arruinados y hambrientos esparcían por su traje en migas su último trozo de pan para hacer creer que habían comido bien, tenemos “carreras presidenciales” -incluso con debates televisados- entre candidatos que en realidad lo son a diputado de una provincia, y llamamos Fiscales a quienes hace siglos que dejaron de defender el Fisco frente a los evasores de impuestos, para en su lugar dedicarse a sostener la acusación pública en los juicios penales frente a los delincuentes. Esta inveterada y lamentable práctica patria la han sufrido también los Secretarios Judiciales, de quienes la mayoría fuera del mundo del derecho (Y desgraciadamente no pocos dentro del mismo) ignoran por completo que son nada menos que un cuerpo superior jurídico de categoría administrativa A1 -La máxima-, con una formación y oposición asimilable a la de jueces y fiscales, tratamiento de Señoría, y cuyo nombre procede de cuando los Juzgados y Tribunales tenían “Secretarías”, que era el modo de llamar a las oficinas de asistencia a las funciones de las autoridades mas elevadas del estado -y que todavía lo es en otros países. Por eso, cuando en EEUU a un norteamericano le presentan a alguien y le dicen que es un “Secretario de Estado”, lo menos que hará es una reverencia hasta casi tocar el suelo con la nariz, y quedará fuertemente impresionado ante la importancia de quien acaba de conocer, que es el equivalente de un Ministro español. Y por supuesto, ni se le pasará por la cabeza pensar que esa persona se vaya a dedicar a llevarle los cafés al presidente Barack Obama al despacho, rellenar su agenda y reservarle vuelos y citas. Nada de eso. Pero en el caso de los Secretarios Judiciales españoles, resulta que lo que la mayoría de la gente equivocadamente cree cuando oyen ese nombre es precisamente eso, que son simples asistentes subordinados del juez. Creencia que en ocasiones la prensa y la televisión han contribuido no poco a extender, a fuerza de repetir estereotipos creados a base de deducir de primeras y solo por el nombre lo que un “Secretario” podía ser, sin documentarse adecuadamente primero.


Por eso hoy debemos todos celebrar y apoyar el hecho de que, hartos de esa errónea etiqueta que perjudica gravemente la imagen de su profesión, menoscaba la realidad e importancia de sus funciones y hasta socava el atractivo de esa carrera para los recién licenciados en derecho que se plantean su futuro, un grupo de compañeros Secretarios han constituido una plataforma para que, de una vez por todas, alguien tenga en cuenta que si la “Secretaría” de los tribunales despareció hace años para dar paso a la “oficina judicial”, es mas absurdo y contraproducente que nunca ocultar con denominaciones equívocas y trasnochadas que ellos son el director o jefe de la misma. Porque es de justicia. Porque su calidad jurídica y humana lo merece. Y porque, en plena resaca de la mayor subida y caída económica de España desde el periodo 1492-1898, quizás sea también el primer paso para lograr una sociedad en la que todos parezcan lo que de verdad son y lo que es más importante, se les conozca por lo que por su esfuerzo diario merecen.

A.Ibáñez - Magistrado